Los comisarios están obligados a presentar anualmente un informe que explique los resultados de su examen sobre los estados financieros de la entidad y el desempeño de los administradores en las organizaciones donde realizan estas funciones, indicando en el mismo las observaciones que tenga a bien realizar y su juicio respecto a la aprobación o no de esta gestión.
El comisario, a título de cierre de su trabajo, deberá dar su recomendación de aprobación o no de la gestión administrativa y de los estados financieros presentados por los administradores de la sociedad y cualesquiera otros aspectos relacionados con sus funciones.
Lo relativo al informe ad hoc se prevé en el artículo 287 del Código de Comercio de Venezuela, y lo que respecta a los informes de aumento o disminución del capital social de una empresa y el de la disolución de una compañía de acuerdo a la Resolución No 019: Manual que establece los requisitos únicos y obligatorios para la tramitación de actos o negocios jurídicos en los Registros Principales, Mercantiles, Públicos y las Notarías.
REFERENCIAS
Arellano R. y
Naranjo Y. (2015). Manual orientativo para la elaboración del informe del
comisario mercantil bajo la luz de las normas internacionales de auditoría
(NIA): caso de estudio: Comisarios Mercantiles de los centros de salud privados
del Municipio San Cristóbal del estado Táchira. Trabajo de grado para obtener
licenciatura en contaduría púbica. Universidad de Los Andes - Núcleo
Universitario Pedro Rincón Gutiérrez-Táchira, Departamento de Ciencias
Administrativas y Contables. Venezuela.
Código de Comercio (Gaceta Oficial de la República de Venezuela No 475. Extraordinario) 1955, diciembre 21.
GRISANTI B., Andrés. El Informe del Comisario Mercantil al Evaluar la Gestión de los Administradores en las Empresas y Otras Actuaciones Profesionales. En: Revista SAPIENZA ORGANIZACIONAL. Año 10, Nro.20, enero-junio 2023, Pg. 75-87.
Normas interprofesionales para el ejercicio de la función del comisario (2011), emitidas por la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela, Federación de Colegios de Economistas de Venezuela y Federación de Colegios de Contadores Púbicos de Venezuela.
Resolución No 019: Manual que establece los requisitos únicos y obligatorios para la tramitación de actos o negocios jurídicos en los Registros Principales, Mercantiles, Públicos y las Notarías (2014). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. 40.332, enero 13, 2014.
Sentencia No 585 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se modifica el contenido del primer párrafo del artículo 291 del Código de Comercio, en lo concerniente al requisito de un mínimo de la quinta parte del capital social para acceder a los órganos jurisdiccionales [Gaceta Oficial de la República de Venezuela No 40.684] 2015, junio 17.