lunes, 1 de septiembre de 2025

DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA INTERNA

El presente post lo basamos sobre nuestro artículo publicado en la revista VERITAS del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. titulado: Normas Globales de Auditoría Interna: desempeño de servicios, publicado en el mes de abril de 2025, del cual extraemos algunas ideas del mismo, así como también se proporciona el vínculo del episodio de nuestro Podcast “Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras” que emitimos sobre el particular.

El Dominio V fue estructurado para que las unidades de auditoría interna se enfoquen y reflexionen sobre cómo hacer su trabajo para aportar valor y prestar servicios de alta calidad

El Dominio V incluye los principios y normas que afectan a los auditores internos cuando se encuentran ejecutando los servicios de Auditoría Interna. Es menester señalar que las normas, requisitos y consideraciones de implementación en este Dominio son aplicables tanto a los servicios de aseguramiento como a los de asesoramiento, salvo que en alguna de las normas individuales se especifique lo contrario.

Para quienes estén interesados en profundizar sobre esta temática, el escrito completo en referencia lo pueden consultar en el siguiente vínculo web:

Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): desempeño de servicios

Servicios prestados por auditoría interna

Las normas y correspondientes recomendaciones de aplicación del Dominio V se pueden utilizar tanto en los servicios de aseguramiento como en los de asesoramiento, al menos, como ya se indicó con anterioridad, que se contemple algo que lo prohíba, y la razón de esto es presentar un enfoque generalizado de la gestión de proyectos en el que se identifiquen los elementos esenciales de la planificación, ejecución y comunicación de los servicios de auditoría interna.
 
Con los servicios de aseguramiento se brindan valoraciones objetivas de las discrepancias entre las condiciones existentes de la actividad sujeta a revisión y los criterios de evaluación establecidos. El personal de auditoría interna debe evaluar las disconformidades conseguidas con la finalidad de determinar la existencia de hallazgos a informar, así como ofrecer conclusiones sobre los trabajos realizados. Asimismo, en los casos en que la labor arroje como resultado que los procesos son eficaces, ello también deberá ser reportado.      
 
Por otra parte las actividades de asesoramiento deben entenderse como consejos dados a quiénes soliciten sus servicios, entre los cuales podrían estar, por ejemplo, la junta de administración, la alta dirección o la gerencia de una actividad, aunque los auditores pudiesen también iniciar este tipo de servicios por cuenta propia. Entre los trabajos de asesoramiento se tienen, entre otros, las labores de orientación para el desarrollo e implementación de nuevas políticas, el diseño de procesos y sistemas, la facilitación y formación. 

Principios del Dominio V 

El desempeño de los servicios de la unidad de auditoría interna, Dominio V, según las NGAI, consta de tres principios, los números 14, 15 y 16, y los cuales desarrollan los siguientes tópicos:  

Normas del Dominio V 

Los tres principios definidos en el Dominio V relativos al desempeño de los servicios de auditoría interna son enmarcados y desarrollados a través de un total de 14 normas cuya discriminación se puede observar en la imagen siguiente:

En el Dominio V de las NGAI se contemplan los principios y normas que los auditores deben conocer y aplicar cuando lleven a cabo encargos de auditoría interna

Líneas de cierre 

La auditoría interna emprendió un firme recorrido para fortalecer sus Normas, y por ende la profesión y, al hacerlo, elevar la especialidad de auditoría interna y su impacto. Las nuevas Normas globales de auditoría interna, se espera, afectarán positivamente a la auditoría interna en los próximos tiempos por venir. 

La auditoría interna tiene ante sí, una ocasión de mejora, una oportunidad para la auto mejora, para interactuar más directamente con el consejo y otras partes interesadas clave, y para deliberar sobre las áreas donde las funciones de auditoría interna pueden aportar valor. 

Esta aspiración se puede materializar a través de unas Normas que no pretenden ser difíciles ni onerosas, y su objetivo no es impulsar la conformidad por la conformidad, ya que fueron diseñadas para asegurar que las organizaciones obtengan servicios de auditoría de buena calidad, pidiendo a las funciones de auditoría que reflexionen sobre cómo hacen su trabajo y cómo pueden aportar valor. 

En adición a señalado, y que repetimos pueden ampliar en nuestro artículo publicado en la revista VERITAS, asimismo, quienes lo tengan a bien, pueden escuchar en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales financieros, el episodio que emitimos al respecto, y del cual le dejamos el vínculo correspondiente de seguida.

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miércoles, 13 de agosto de 2025

GESTIÓN DE LA FUNCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA

La presente nota tiene como soporte nuestro artículo incluido en la revista VERITAS del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. identificado como: Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): gestión de la función, publicado en el mes de marzo 2025, y del cual se incluyen ideas principales de dicho documento, así como, adicionalmente, se proporciona el vínculo web del episodio de nuestro Podcast “Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras” que se emitió sobre el particular.

El Domino IV de las NGAI hace énfasis en las responsabilidades de los directores ejecutivos de auditoría interna durante la gestión de la función

Los Principios y Normas del Dominio IV se dirigen al Director de Auditoría Interna desde el punto de vista del papel de liderazgo que debe desarrollar para conseguir una gestión eficaz de los aspectos de la Función de Auditoría Interna. El Director de Auditoría Interna podrá delegar sus responsabilidades en otros profesionales cualificados dentro de la Función de Auditoría Interna, aunque sigue manteniendo la responsabilidad en última instancia. 

Aquellos quienes estén interesados en profundizar en la temática en cuestión, el escrito completo en referencia se puede leer en el siguiente link:

Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): gestión de la función

Gerencia, liderazgo y partes interesadas

Gerencia: Conjunto de actividades y procesos que se llevan a cabo para planificar, organizar, dirigir y controlar los recursos de una organización con la finalidad de alcanzar sus objetivos y metas. La gerencia entraña tomar decisiones informadas y estratégicas, liderar equipos de trabajo, coordinar recursos, y supervisar el desempeño y el cumplimiento de los objetivos de la organización.

LiderazgoCúmulo de habilidades que permiten a un individuo guiar, influir y motivar a un grupo para alcanzar objetivos comunes. El líder no solo toma la iniciativa para emprender acciones, sino que también gestiona, evalúa y ajusta las estrategias según sea necesario.

Parte interesada: Individuo o colectivo con algún interés directo o indirecto en las actividades y resultados de la organización. Las partes interesadas pueden incluir al Consejo, los empleados/colaboradores, clientes, proveedores, accionistas, agencias regulatorias, instituciones financieras, auditores externos, el público y otros.

El director de auditoría interna no debe identificarse como líder sólo por su ubicación formal en la cúspide del organigrama de la unidad, sino que debe ejercer influencia positiva y motivadora en su gente con su actuación, ejemplo y habilidades para acompañar a las personas que conforman su equipo de trabajo; todo ello, en la búsqueda de alcanzar el mejor desempeño de la función de auditoría interna en la organización.

Gestión y auditoría interna 

La gestión de la función de auditoría interna, Dominio IV, según las NGAI, consta de cuatro principios: 9, 10, 11 y 12, y los cuales desarrollan los siguientes tópicos:  

Normas del Dominio IV 

Los cuatro principios delimitados en el Dominio IV referentes a la gestión de la función de auditoría interna son abordados y desplegados mediante un total de 16 normas cuya composición se puede apreciar en la imagen que se muestra a continuación:

El director de auditoría interna debe ejercer influencia positiva y motivadora en su gente con su actuación, ejemplo y habilidades

Para cerrar

El Dominio IV se centra en cómo se desarrollan las actividades de auditoría interna y hace énfasis en las responsabilidades de los directores ejecutivos de esta área durante la gestión de la función. Las NGAI están diseñadas para asegurar que las organizaciones obtengan servicios de buena calidad, esperándose que las unidades de auditoría interna ponderen adecuadamente el cómo deben hacer su trabajo y de qué manera pueden aportar valor, teniendo un peso específico en las relaciones y comunicaciones que se establecen con las partes interesadas con las que se interactúa. 

En adición a lo publicado en la revista VERITAS, y como material complementario en formato audio, pueden escuchar en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras, el episodio que se emitió al respecto, y del cual, de seguida dejamos el vínculo correspondiente. 


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martes, 29 de julio de 2025

GOBIERNO DE LA FUNCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA

Este post está basado en nuestro escrito incluido en la revista VERITAS del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. titulado: Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): gobierno de la función, publicado en el mes de febrero 2025, y del cual tomamos ciertas ideas del mismo, así como también se facilita el vínculo del episodio de nuestro Podcast “Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras” que emitimos sobre ese tópico. 

El Dominio III de las NGAI debe ser percibido como una validación de la alineación entre el consejo de administración, alta gerencia y la auditoría interna

Quienes estén interesados en ahondar sobre el tópico, el artículo completo en referencia se puede ubicar en el siguiente vínculo web:

Roles del consejo, alta dirección y auditoría interna

Según las NGAI, el término consejo es definido como el órgano de gobierno de más alto nivel en una organización, pudiéndose identificar, por ejemplo, con términos como consejo de administración, directorio, comité o comisión de auditoría. Por su parte, la alta dirección corresponde al mayor grado de gerencia ejecutiva en la compañía, la cual rinde cuentas al consejo de la entidad.

En lo atinenete a la auditoría interna, esta función es la encargada de brindar servicios de aseguramiento y asesoramiento en las compañías, cuya autoridad, rol y responsabilidades le son concedidas por el consejo (o leyes y reguladores).

Condiciones esenciales

Como condiciones esenciales deben entenderse aquellos requisitos cuyo cumplimiento resulta indispensable para la validez del acto, negocio, disposición o resolución de que se trate; sin embargo, específicamente en cuanto a las NGAI, estas condiciones podrían no ser imprescindibles (de acuerdo con la situación de que se trate), pues la normativa contempla qué debe hacerse en caso de una falta de acuerdo sobre condiciones esenciales. Este es un elemento, las condiciones esenciales, exclusivo del Dominio III y que no aparece en los restantes dominios de las NGAI. 

A este respecto en el dominio se identifican una serie de condiciones necesarias para que la función de auditoría interna logre una colaboración eficaz del consejo y la alta dirección, así como las pautas para ver de qué manera estos organismos pueden articularse para contribuir con dicha cooperación. 

Ahora bien, con base a lo anterior, cabría plantearse sí podría considerarse a las condiciones esenciales como responsabilidades de los órganos involucrados, siendo la respuesta en primera instancia sí, aunque habría que tener presente algunas consideraciones. Los responsables primarios de que estas condiciones esenciales se cumplan son el Consejo y la Alta Dirección, debiéndose entender, como ya se señaló anteriormente, a las condiciones esenciales como a aquellas exigencias cuyo cumplimiento resulta necesario para la idoneidad del acto, negocio, disposición o resolución en cuestión, todo lo cual contribuye para que la función de auditoría interna logre una colaboración eficaz del consejo y la alta dirección, así como las pautas para ver de qué manera estos organismos pueden articularse para contribuir con dicha cooperación.

Gobierno y auditoría interna

La gobernanza de la función de auditoría interna según las NGAI contempla tres principios, números 6, 7 y 8, en continuación a la secuencia iniciada en el Dominio II, Ética y Profesionalidad, el cual contempla los primeros cinco de la normativa.

Los principios del Dominio III se muestran en la siguiente imagen:

Normas del Dominio III

Los tres principios definidos en el Dominio III concernientes a la gobernanza de la función de auditoría interna son enmarcados y desarrollados a través de un total de 9 normas cuya discriminación se puede observar en el gráfico que se muestra de seguida:

El Dominio III de las NGAI aplica a todos los auditores internos, sean colaboradores de la empresa, contratados por un proveedor externo de servicios o una mezcla de ambos

Líneas de cierre

El Dominio III de las Normas Globales de Auditoría Interna eleva el nivel de colaboración y comunicación con las partes interesadas clave de auditoría interna. Reconoce que mientras la conformidad con las Normas sigue siendo responsabilidad del Director Ejecutivo de Auditoría, las actividades del consejo de administración y la gerencia de alto rango son esenciales para la capacidad de una función de auditoría interna de cumplir con el Propósito de las auditorías internas. Por tanto, los Directores Ejecutivos de Auditoría deben procurar desarrollar una estrategia para lograr que la conformidad/desempeño del Dominio III se adapte a su función.

En adición a señalado, y que repetimos pueden ampliar en nuestro artículo publicado en la revista VERITAS, igualmente, quienes así lo desee, pueden oír en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras, el episodio que emitimos al respecto, y del cual le dejamos el vínculo correspondiente.



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domingo, 9 de febrero de 2025

ÉTICA & PROFESIONALIDAD EN LA AUDITORÍA INTERNA

El presente post lo basamos sobre nuestro artículo publicado en la revista VERITAS del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. titulado: Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): ética y profesionalidad publicado en el mes de enero 2025, del cual extraemos algunas ideas del mismo, así como también se proporciona el vínculo del episodio de nuestro Podcast “Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras” que emitimos sobre el particular. 

En las NGAI se fijan las pautas del proceder ético de los profesionales que desarrollen y proporcionen servicios de auditoría interna. 

Para quienes estén interesados en profundizar sobre esta temática, el escrito completo en cuestión lo pueden consultar en el siguiente vínculo web: 

Ética y profesionalidad en la nueva normativa

Los principios y las normas que se establecen en el Dominio II de las NGAI sustituyen al código de ética contemplado en el Marco Internacional de Prácticas Profesionales del IIA, hecho el cual se refleja en la gráfica que se muestra a continuación:


Comportamiento y formación profesional

Un aspecto trascendente para las unidades de auditoría interna es ganarse el respeto profesional en las organizaciones donde despliegan su labor. 

En el Dominio II se desarrollan cinco de los 15 principios establecidos en las normas globales de auditoría interna, y los mismos están relacionados con la conducta actitudinal respecto a la ética por parte de los auditores internos, así como lo relativo a la formación en competencias profesionales y el mantener un adecuado comportamiento al realizar sus labores. La denominación de los cinco principios contemplados en Dominio II son los enumerados en la gráfica que se observa de seguida:

Normas del Dominio II
 
Los cinco principios definidos en el Dominio II relativos a la ética y profesionalidad son enmarcados y desarrollados a través de un total de 13 normas cuya discriminación se puede observar en el gráfico siguiente:

Líneas de cierre

El Dominio II correspondiente a la Ética y la Profesionalidad, podría aglutinarse en dos conceptos esenciales: actitud y aptitud. La actitud con “c” tiene que ver con el talante, la postura, la disposición de los auditores internos respecto a la aplicación de los principios y el correcto proceder ético al momento de enfrentar sus obligaciones laborales. Con respecto a la aptitud con “p”, la misma se refiere a la capacidad del profesional de desempeñarse de manera competente en las actividades que se les asigna y realiza, siendo un deber formarse y adiestrarse convenientemente para desempeñarse de forma satisfactoria.     

En adición a señalado, y que repetimos pueden ampliar en nuestro artículo publicado en la revista VERITAS, asimismo, quienes lo tengan a bien, pueden escuchar en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras, el episodio que emitimos al respecto, y del cual le dejamos el vínculo correspondiente de seguida. 

EP 65 | Dominio II: Ética & Profesionalidad en la Auditoría Interna


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viernes, 27 de diciembre de 2024

EL PROPÓSITO DE LA AUDITORÍA INTERNA

El presente post lo basamos sobre nuestro artículo publicado en la revista VERITAS del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. titulado: Propósito de la auditoría interna en las NGAI, del cual extraemos algunas ideas del mismo, así como también se proporciona el vínculo del episodio de nuestro Podcast “Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras” que emitimos sobre el particular.

La auditoría interna en las Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI), genera contribuciones en la efectividad de las organizaciones y busca que sus funciones y aportes sean mejor comprendidos. 

Para quienes estén interesados en profundizar sobre esta temática, el escrito completo en cuestión lo pueden consultar en el siguiente vínculo web:

Propósito del a auditoría interna en las NGAI

 Normas Globales de Auditoría Interna

La nueva estructura de las normas hace hincapié que el núcleo de las mismas se encuentra en principios rectores, 15 en total, que coadyuvan a que la auditoría interna pueda desarrollarse con eficacia. Estos principios a su vez son desarrollados a través de normas, todas las cuales tienen una estructura jerárquica similar: 1) Requisitos, 2) Consideraciones para la implementación, y 3) Ejemplos de evidencia de conformidad.

Gráficamente se puede observar, que si bien el Dominio I no incluye principios, y por tanto no desarrolla normas, sin embargo, si es posible asumir a los cincos dominios de las normas como un conjunto de componentes estructurales básicos, el DOMINIO de todos los dominios puede encontrarse en el “Propósito de la auditoría interna”, considerándose a éste como un eje transversal. De allí se encauza todo lo demás.   

Relevancia del Propósito de la Auditoría Interna
A este  respecto es necesario resaltar que el propósito de la auditoría interna que se establece en el Dominio I, combina, con ciertos ajustes, elementos de la misión y la definición de la auditoría interna que se contemplaban en el Marco Internacional de Prácticas Profesionales (MIPP) de 2017, lo cual se ilustra en el siguiente gráfico:

En la comparación gráfica entre las normas globales de auditoría interna de 2024 y el MIPP de 2017, se refleja que dos elementos del marco profesional anterior, la Misión y la Definición, son incorporados en la nueva normativa dentro del Dominio I, el Propósito de la auditoría interna.    

El propósito de la auditoría interna, desarrollado en la nueva normativa, constituye un desafío para la disciplina, pues además de aspirar a generar importantes contribuciones en la efectividad de las organizaciones donde despliega su labor, busca que sus funciones y aportes sean mejor comprendidos de manera interna, por partes interesadas y de cara al interés público. 

En adición a señalado, y que repetimos pueden ampliar en nuestro artículo publicado en la revista VERITAS, asimismo, quienes lo tengan a bien, pueden escuchar en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales financieros, el episodio que emitimos al respecto, y del cual le dejamos el vínculo correspondiente de seguida.


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sábado, 30 de noviembre de 2024

NORMAS GLOBALES DE AUDITORÍA INTERNA

El presente post lo basamos sobre nuestro artículo publicado en la revista VERITAS del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. titulado: Estructura de las Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI), del cual extraemos algunas ideas del mismo, así como también se proporciona el vínculo del episodio de nuestro Podcast “Reflexiones administrativas, gerenciales y financieras” que emitimos sobre el particular. 

Para quienes estén interesados en profundizar sobre esta temática, el escrito completo en cuestión lo pueden consultar en el siguiente vínculo web:


En enero de 2024, The Institute of Internal Auditors (IIA), emitió las nuevas Normas Globales de Auditoría Interna, con implementación requerida para el mes de enero de 2025.

Las NGAI están compuestas por cinco dominios y se constituyen en un instrumento que regula la práctica profesional de la auditoría interna a nivel mundial.

Cabe acotar, que el sistema de numeración y el orden de las nuevas Normas Globales de Auditoría Interna cambió por completo con relación a la normativa precedente, organizándose las mismas en 5 Dominios, los cuales contienen 15 Principios, debiéndose señalar que el primer dominio no tiene desarrollados principios. 

De seguida en la imagen se muestra la composición por dominios y principios de las NGAI, a saber:
Los 15 principios incluidos en los dominios correspondientes, de acuerdo con la temática abordada, se articulan a través de 52 normas, las cuales contemplan tres ítems:

·  * Requisitos: corresponden a las prácticas obligatorias requeridas a los auditores internos.
Consideraciones para la implementación: corresponden a las prácticas usuales y preferentes utilizadas para posibilitar la puesta en práctica de los requisitos.
Ejemplos de evidencia de conformidad: diseñados con el objeto de asistir a los auditores internos para demostrar el cumplimiento de los requisitos y lograr la conformidad.

Las Normas Globales de Auditoría Interna guían la práctica profesional mundial de la auditoría interna y sirven como base para evaluar y aumentar la calidad de la Función de Auditoría Interna. El nuevo marco no reinventa la profesión, pero sí debe considerarse como una importante evolución por la mejor integración de sus elementos, constituyendo una estructura más fácil y lógica de utilizar.

En adición a señalado, y que repetimos pueden ampliar en nuestro artículo publicado en la revista VERITAS, asimismo, y quienes lo tengan a bien, pueden escuchar en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales financieros, el episodio que emitimos al respecto, y del cual le dejamos el vínculo correspondiente de seguida.

 EP 63 | Nuevas Normas Globales de Auditoría Interna


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lunes, 30 de septiembre de 2024

Responsabilidad profesional del contador público en el ejercicio independiente de su profesión

La presente nota la basamos sobre nuestro artículo publicado en la revista arbitrada e indexada Actualidad Contable titulado: Responsabilidad del contador público en el ejercicio independiente de su profesión, y del cual de seguida mostramos el Abstract del mismo.

Para quienes estén interesados en profundizar sobre esta temática, el escrito completo en cuestión lo pueden consultar en el siguiente vínculo web:

En adición a lo anterior, asimismo, en nuestro Podcast Reflexiones administrativas, gerenciales financieros, realizamos tres entregas relativas al tópico, siendo la primera de estas emisiones enfocada al contexto integral de la problemática.


Los contadores públicos por excelencia son aquellos que ejercen su profesión de manera independiente, esto es, los auditores externos, quiénes tienen como actividad principal emitir un dictamen para dar fe pública sobre estados financieros de las empresas que los contratan a tales fines. Un contador público, ya sea por negligencia o complicidad, que emita una opinión diferente a lo que las circunstancias indican, puede causar serios perjuicios a los terceros que confían en su labor, lo cual le podría generar graves consecuencias de muy diversa naturaleza. 

Normativa profesional 
El contador público por antonomasia, como se indicó, es el auditor externo, el contador público independiente, y su ejercicio tiene un conjunto de responsabilidades que están contempladas en su normativa profesional y que abarcan una serie de tópicos que se deben conocer y cumplir. Entre estas se tiene lo relativo al objetivo y principios generales que gobiernan una auditoría de estados financieros, los términos de los trabajos de auditoría, lo concerniente a la responsabilidad del auditor de contemplar el fraude en una auditoría de estados financieros, así como las consideraciones de leyes y reglamentos en una auditoría externa financiera.





Como complemento para quienes deseen escuchar sobre el tema, incluimos el vínculo del episodio correspondiente en nuestro Podcast: 

Responsabilidad legal 

En lo concerniente a la responsabilidad legal de los contadores públicos independientes en el ejercicio liberal de su profesión, las mismas son como sigue:





Material de consulta:

Grisanti Aveledo, Hernando (1986). La Responsabilidad Penal (Parte General): Congreso Nacional sobre Responsabilidad del Contador Público (pp. 61-86). Barquisimeto: Instituto de Estudios Jurídicos del Estado Lara / Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. 
Porteles, Omar (1986). Principios Generales de la Responsabilidad Civil: Congreso Nacional sobre Responsabilidad del Contador Público (pp. 87-108). Barquisimeto: Instituto de Estudios Jurídicos del Estado Lara / Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. 
Rosell, Jorge (1986). La Responsabilidad Disciplinaria del Contador Público (Aspectos Procesales): Congreso Nacional sobre Responsabilidad del Contador Público (pp. 109-130). Barquisimeto: Instituto de Estudios Jurídicos del Estado Lara / Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. 
- Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (1996). “Código de Ética Profesional del Contador Público”. Publicaciones Legales y Reglamentarias PLR - 3. 
 - Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (2013). “Reglamento de infracciones, sanciones y medidas disciplinarias. PLR - 16. 
 - Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública. (1973). Gaceta Oficial de la República de Venezuela, 30.216, septiembre 27, 1973. 
Reglamentode la Ley del Ejercicio de la Contaduría Pública. (Decreto No. 735). (1975,febrero 4). Gaceta Oficial de la República de Venezuela, 30.617, febrero 6,1975. 

Líneas de cierre.- 

El ejercicio de la contaduría pública es una actividad profesional de gran importancia en la compleja sociedad de hoy en día, que tiene como principal activo la fe pública que su labor proporciona a la información contenida en los estados financieros de las empresas sujetas a su examen mediante auditorías, estados financieros que son imprescindibles en innumerables tipos de operaciones y trámites de muy diversas características relacionados con los negocios desarrollados en el ámbito empresarial. Para que los terceros interesados en la información financiera de compañías le merezcan confianza, es deseable, es recomendable, muchas veces imprescindible, que dicha información esté necesariamente auditada por contadores públicos independientes, pudiéndose identificar entre otros, como interesados de estados financieros de entidades a los accionistas, los trabajadores, los bancos, el Estado, inversionistas, acreedores. 

Teniéndose claro que el principal valor agregado de los contadores públicos independientes en su labor como auditores externos es darle credibilidad a los estados financieros de las empresas a las cuales examina mediante la emisión de un dictamen u opinión sobre la razonabilidad de los mismos, también se debe estar consciente de que la labor desplegada por ellos, en caso de realizarse de manera inadecuada, puede traer importantes consecuencias negativas de distinta naturaleza, para el contador público. Esta actuación profesional incorrecta puede que sea por negligencia o impericia en el trabajo ejecutado, o inclusive de manera deliberada para falsear la información que se refleja en estados financieros auditados mediante el maquillaje de las cifras que se muestran en los mismos o en sus notas revelatorias.

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